La responsabilidad en el derecho penal internacional: una aproximación desde la filosofía de John Searle. Reflexiones a partir del caso Lubanga

Revista Tribuna Internacional 2 (3):33-54 (2013)
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Abstract

En este trabajo examinamos el tópico de la responsabilidad en el derecho penal internacional a la luz de la filosofía de John Searle, y del fallo dictado por la Corte Penal Internacional en el caso de Thomas Lubanga. En el primer acápite analizamos la declaración de responsabilidad penal en función de la teoría de actos de habla de Austin y de Searle, tratándola como un acto ilocucionario cuyo significado es dependiente de un marco institucional específico. Luego, en el segundo acápite, mostramos de qué forma tal marco puede reconstruirse como un ejemplo paradigmático de la realidad social construida descrita por Searle, especialmente en virtud del nexo entre mente, lenguaje y sociedad. A nuestro juicio, los conceptos de intencionalidad colectiva, atribución de funciones de estatus y poderes deónticos son fundamentales para entender tal nexo. En efecto, tal como argumentamos en la tercera sección, los sistemas de poderes deónticos asociados al derecho internacional no solo explican la aparición de Tribunales penales internacionales, como la Corte Penal Internacional, sino además el carácter imprescriptible de los crímenes de lesa humanidad. Los acuerdos internacionales que promueven y protegen los derechos humanos, y que tratan la imprescriptibilidad de aquellos crímenes, son objeto de análisis en la sección final, en donde exponemos algunas reflexiones finales a partir del caso Lubanga.

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Soledad Krause
Pontifical Catholic University of Chile
Rodrigo González
University of Chile

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2017-04-12

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