la Ley 1 (8):715-725 (
2015)
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Abstract
Los excesos cometidos en las políticas de seguridad han conducido a una creciente violación de las
libertades individuales. Esto ha hecho que sea cada vez más frecuente la interposición de recursos de hábeas corpus por aquellos que ven arbitrariamente afectada su libertad. Una figura jurídica que debería ser de uso excepcional, y en casos de emergencia, se ha vuelto de uso casi cotidiano . Esto no muestra necesariamente una mala utilización del recurso —aunque puede advertirse en algunos casos cierto abuso por parte de los abogados— sino que es síntoma de la magnitud de la amenaza a la libertad que implica una política de seguridad inadecuada.
El trabajo posee la siguiente estructura. En el apartado II se llama la atención sobre un problema general que tienen las políticas de seguridad que utilizan como instrumento la amenaza de detenciones indiscriminadas. El problema está vinculado al miedo como emoción política y a su carácter antagónico con una concepción de ciudadanía republicana y democrática. El apartado III muestra el modo en que reconocer la legitimación activa amplia para el hábeas corpus colectivo —que intenta poner freno a las políticas de seguridad fundadas en el miedo— encaja con esta concepción de ciudadanía y es fruto de una interpretación armónica del sistema jurídico.